En Norte Seguridad e Higiene, ofrecemos una variedad de programas de seguridad diseñados para asegurar la protección y el bienestar de todos los trabajadores en el sitio de construcción. Estos programas están desarrollados conforme a normativas específicas y mejores prácticas del sector, garantizando un entorno de trabajo seguro y eficiente.
Tipos de Programas de Seguridad en Obra:
Programa de Seguridad en Obra 51/97:
Programas de seguridad bajo la Resolución 51/97 (aplicable a programas de seguridad para la actividad de la construcción), que, como mínimo, deberán cumplir y contener lo siguiente: a) Contendrá la nómina del personal que trabajará en la obra y será actualizado inmediatamente, en casos de altas o bajas. b) Contará con identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora. c) Fecha de confección del Programa de Seguridad. d) Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución. e) Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas. f) Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos. g) Será firmado por el Empleador, el Director de obra y el responsable de higiene y seguridad de la obra, y será aprobado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Consulte norma completa en: Resolución 51/79 (Fuente Infoleg)
Programa de Seguridad en Obra 35/98:
Programas de seguridad según la Resolución 35/98, en la que se establece que, a los efectos de cumplimentar con lo normado por los artículos 2º y 3º de la Resolución S.R.T. Nº 51/97, el empleador de la construcción que actúe en carácter de contratista principal y/o el comitente coordinará un Programa de Seguridad Único para toda la obra, que deberá contemplar todas las tareas y sus riesgos asociados que fueren a realizarse, tanto por parte de su personal como también el de las empresas subcontratistas. En el caso en que hubiere más de un contratista principal, la confección del Programa de Seguridad deberá ser acordada por dichos contratistas y coordinada por el contratista principal o el comitente.
Consulte norma completa en: Resolución 35/98 (Fuente Infoleg)
Programa de Seguridad en Obra 319/99:
Programas de seguridad según la Resolución 319/99 (aplicable a obras repetitivas y de corta duración). Se define como obra de carácter repetitivo y de corta duración, la que realiza un empleador siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo y cuyo tiempo de ejecución no excede los SIETE (7) días corridos.
Consulte norma completa en: Resolución 319/99
Nuestro equipo de expertos está altamente capacitado para implementar estos programas, adaptándolos a las necesidades específicas de cada obra. Utilizamos metodologías avanzadas y herramientas de última generación para asegurar el cumplimiento de todas las normativas y la mejora continua de las condiciones de seguridad.